lunes, 17 de mayo de 2010

COMUNICADO FILIALES Y PEÑAS

La Comisión Directiva del Club Atlético Nueva Chicago abogando por la organización de las peñas en distintos puntos donde sus simpatizantes deseen agruparse, resuelve el cumplimiento de las siguientes disposiciones:

1)
El Club Atlético Nueva Chicago reconocerá oficialmente a toda Peña, cuyos componentes reúnan los requisitos de seriedad y moralidad que la Comisión Directiva considere necesarios, teniendo como facultad la aprobación de las mismas.

2)
Todos los integrantes de la Peña deben ser socios del Club Atlético Nueva Chicago. El pago de la cuota social, será depositado a través de los medios que determine la Tesorería del Club Atlético Nueva Chicago a través de su Comisión Directiva.

3)
La Comisión Directiva del Club Atlético Nueva Chicago, tiene la facultad de crear o aceptar Peñas en las localidades, que a su entender, sean necesarias, no pudiendo haber mas de una por localidad.

4)
Cada Peña deberá estar constituida por cinco miembros, los mismos deben ser mayores de 18 años y cumplir con lo estipulado en los puntos 1) y 2) del presente.

5)
Las Peñas funcionarán en un local propio o rentado a cargo de sus integrantes.

6)
La Peña elevará a la Subcomisión de Filiales y Peñas, en forma periódica, un informe de su gestión.

7)
Todas las Peñas deberán elevar sus inquietudes a la Subcomisión de Filiales y Peñas. Esta Subcomisión, tiene la facultad de elevar a la Comisión Directiva las inquietudes de las mismas para su revisión, aprobación o desestimación.

8)
Todas las Peñas deberán organizar su funcionamiento interno, cumpliendo estrictamente lo establecido en el Estatuto del Club Atlético Nueva Chicago y en el presente ordenamiento.

9)
Las Peñas, coordinarán con la Sub Comisión de Filiales y peñas la organización de eventos con la participación de jugadores, técnicos, preparadores físicos, integrantes de la CD del Club Atlético Nueva Chicago o alguna persona que se considere conveniente. La Sub Comisión de filiales y peñas deberá solicitar a la CD del Club Atlético Nueva Chicago la autorización correspondiente.

10)
Las Peñas, en sus lugares de origen, podrán coordinara con la Sub Comisión de Filiales y peñas la organización de jornadas de pruebas de jugadores con el fin de captar talentos para que se desarrollen en el club Atlético Nueva Chicago, en estas jornadas participarán fútbol amateur o el cuerpo técnico de fútbol de la Institución.

11)
Las Peñas deben incorporar obligatoriamente las políticas de imagen, y formación que el Club Atlético Nueva Chicago desarrolle.

12)
Cualquier situación que surja y no contemple este reglamento quedará a resolución de la Comisión Directiva del Club Atlético Nueva Chicago.

13)
El Club Atlético Nueva Chicago queda exento de cualquier tipo de responsabilidad que surja por daños ocasionados por las Peñas. Asimismo, no existe ningún tipo de vinculación comercial, laboral, ni contractual de ningún tipo, entre la Peña y el Club Atlético Nueva Chicago. El presente es solo un convenio de colaboración y reciprocidad entre entidades totalmente independientes entre sí.

14)
Cualquier incumplimiento a este ordenamiento por parte de las Peñas, ocasionará automáticamente la pérdida de los derechos reconocidos en el mismo a estas.

FUENTE:NUEVA CHICAGO

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